El artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro explicado

El artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro dice que, si tú y tu aseguradora no os ponéis de acuerdo sobre el importe de la indemnización, cada uno nombra un perito. Si los dos peritos tampoco se ponen de acuerdo, se nombra un perito tercero. Cada parte paga a su perito y los gastos del tercero se reparten a medias. Es una vía para resolver el desacuerdo sin ir directamente a juicio.

Mucha gente no sabe que existe. Cuando el perito del seguro valora tu coche y no estás de acuerdo, no tienes por qué elegir entre aceptar o ir a juicio. La propia ley prevé un camino intermedio en el que tú también tienes perito.

A quién se aplica

El artículo 38 se refiere a la relación entre tú y tu propia aseguradora: un todo riesgo, daños propios, robo, incendio, lunas. Es decir, cuando reclamas a la compañía con la que tienes tu póliza.

Si reclamas al seguro del responsable de un accidente, el camino es otro: oferta o respuesta motivada y, si no hay acuerdo, reclamación judicial. Lo vemos en oferta motivada y respuesta motivada.

Cómo funciona, paso a paso

  1. Hay desacuerdo sobre el importe. La aseguradora te ofrece una cantidad y tú no la aceptas.
  2. Cada parte nombra a su perito. La aseguradora ya tiene el suyo. Tú nombras al tuyo, un perito independiente que trabaja para ti.
  3. Los dos peritos intentan ponerse de acuerdo. Revisan los daños o el valor del coche y comparan sus valoraciones. Si llegan a un acuerdo, se fija el importe.
  4. Si no hay acuerdo, se nombra un perito tercero. Un perito tercero revisa el caso y emite su dictamen. Lo explicamos en el perito tercero.

Quién paga

La ley lo dice claro: cada parte paga a su perito, y los gastos del perito tercero se reparten a medias entre tú y la aseguradora. Lo vemos con más detalle en quién paga el contraperitaje. Revisa además tu póliza, por si incluye alguna cobertura de estos gastos.

Un ejemplo de todos los días

Imagina que tienes un todo riesgo y un golpe en el aparcamiento deja tu coche con el lateral dañado. El perito de tu aseguradora valora reparar varias piezas que tu taller dice que hay que cambiar. Hablas con la aseguradora, presentas el presupuesto del taller y no cambian de opinión.

En vez de aceptar o ir a juicio, comunicas por escrito que no estás de acuerdo con el importe y que nombras a tu perito según el artículo 38. Tu perito revisa los daños, habla con el de la aseguradora y defiende técnicamente por qué esas piezas hay que cambiarlas. Si no se ponen de acuerdo, decide un tercero.

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Ventajas y límites

Ventajas:

  • Tienes un perito que trabaja para ti y habla el mismo idioma técnico que el de la aseguradora.
  • Es una vía prevista por la ley, que la aseguradora conoce.
  • Puede evitar un juicio, que siempre es más largo.

Límites:

  • Sirve para discutir el importe, no si el siniestro está cubierto o no.
  • Tiene un coste: tu perito y la mitad del tercero si se llega a nombrar.
  • Conviene seguir bien los pasos y dejarlo todo por escrito.

Qué hacer paso a paso

  1. Pide la valoración completa por escrito a tu aseguradora. Mira cómo pedir la copia del informe de su perito.
  2. Comunica por escrito que no aceptas el importe y que quieres seguir el procedimiento del artículo 38.
  3. Nombra a tu perito y comunícaselo a la aseguradora.
  4. Deja que los peritos trabajen. Aporta a tu perito todo lo que tengas: fotos, presupuestos, facturas.
  5. Si no hay acuerdo, se nombra el perito tercero.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar el artículo 38 si ya he firmado el finiquito? Depende de lo que hayas firmado. Si aceptaste el importe como pago total, puede ser difícil. Mira antes de firmar el finiquito.

¿Tiene un plazo? El procedimiento tiene sus propios tiempos, y además no conviene dejar pasar los plazos generales. Como regla general, las acciones del contrato de seguro prescriben a los dos años en los seguros de daños. Revisa tu caso.

¿Y si la aseguradora no nombra perito? Si la aseguradora ya tiene una valoración de su perito, normalmente ese es su perito. Si hay problemas, conviene que te asesore un abogado.

Cuándo tiene sentido pedir un perito

Si la diferencia entre lo que te ofrece tu aseguradora y lo que cuesta de verdad la reparación o el coche es importante, el artículo 38 es una de las vías más directas. En el procedimiento del artículo 38 nuestro perito, con título y seguro de responsabilidad civil, actúa como tu perito frente al de la aseguradora. No te prometemos el resultado, pero sí que alguien defenderá tu valoración con argumentos técnicos.

Artículo 38

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