Contraperitaje del seguro industrial

En un siniestro industrial, el informe del seguro tiene decenas de partidas y cada una tiene su criterio. El contraperitaje es el informe de un perito que trabaja para tu empresa: las revisa una a una y deja por escrito dónde está la diferencia y por qué.

Han pasado semanas desde el siniestro. Ha venido el perito de la aseguradora, luego otro técnico, luego han pedido más papeles. Al final llega un informe largo, con edificio, maquinaria, existencias, gastos y un cálculo de infraseguro que reduce todo lo anterior. La cifra no da para volver a la situación de antes. Y en la empresa nadie tiene tiempo ni conocimientos para rebatirlo línea a línea.

El perito de la aseguradora trabaja para la aseguradora. Su informe es un punto de vista, no la última palabra. El contraperitaje pone el tuyo por escrito, firmado por peritos de la especialidad, para que la negociación se haga con argumentos y con los números de tu empresa.

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Expediente · ejemploFoto de detalle
Partida de maquinariadepreciación por antigüedad aplicada a una máquina revisada el año pasadoCálculo de infraseguro de existenciasusa el stock del pico de temporadaGastos de desescombromuy por debajo de los presupuestos pedidos

Cuándo te conviene

  • La propuesta del seguro queda muy lejos de los presupuestos de reparación y reposición.
  • Te aplican la regla proporcional en una o varias partidas.
  • Te deprecian maquinaria que estaba en perfecto uso y mantenida.
  • Faltan partidas: demolición, residuos, limpieza técnica, trabajos urgentes, pérdida de beneficios.
  • La aseguradora no te adelanta nada y necesitas liquidez para seguir.
  • Quieres pedir el procedimiento del artículo 38 y necesitas a tu propio perito.

Qué revisamos

  • Edificio. Estructura, cubierta, cerramientos, solera e instalaciones fijas.
  • Maquinaria. Valor de reposición o valor real según la póliza, depreciación y posibilidad real de reparar.
  • Existencias. Recuento, criterio de valor, salvamento y mercancía de terceros.
  • Gastos. Demolición, desescombro, residuos, medidas urgentes, alquileres provisionales.
  • Pérdida de beneficios, si está contratada, con tu contabilidad.
  • Regla proporcional. El valor real de cada partida y la proporción aplicada.
  • Franquicias y límites, partida a partida.

La regla proporcional, partida a partida

Según el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro, si la suma asegurada es menor que el valor real de lo asegurado, la aseguradora indemniza en esa misma proporción, salvo que la póliza diga otra cosa. En la industria se calcula normalmente por separado para el edificio, la maquinaria y las existencias. Un valor total mal calculado en una sola partida puede llevarse buena parte de la indemnización. Es de lo primero que miramos.

Pasos

  1. Nos mandas la póliza completa y el informe de la aseguradora.
  2. Ordenamos el expediente: fotos, inventarios, registro de activos, presupuestos y contabilidad.
  3. Los peritos de cada especialidad revisan sus partidas y redactan un informe conjunto. Si hace falta, van a la nave.
  4. Recibes el informe firmado y te explicamos cómo usarlo: en la negociación, en una reclamación o en el artículo 38.

Lista de fotos

  1. Un vídeo de la nave entera, con el estado actual.
  2. Cada partida que se discute, de lejos y de cerca.
  3. Las placas de identificación de las máquinas depreciadas.
  4. El stock que queda y el apartado para destruir.
  5. Las reparaciones urgentes ya hechas.

Ten a mano

  • El informe de la aseguradora y sus anexos.
  • La póliza con todas sus condiciones.
  • El registro de activos y los contratos de mantenimiento.
  • El inventario de existencias de antes del siniestro.
  • Los presupuestos de reparación y reposición.
  • La contabilidad que te pida el perito, si hay pérdida de beneficios.

Lo que no hacemos

No somos abogados ni corredores de seguros. Te damos el informe y te ayudamos a usarlo frente a la aseguradora, en su servicio de atención al cliente o ante la Dirección General de Seguros. Si hace falta juicio, lo pasamos a un abogado colaborador y el perito va a ratificar su informe.

Quién firma el informe

Perito independiente

En un siniestro industrial suelen trabajar varios peritos colaboradores, cada uno de su especialidad, con su titulación y su seguro de responsabilidad civil. Firman lo que les toca y responden de ello. No trabajamos para aseguradoras y no peritamos siniestros de pólizas que hayamos vendido nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tiene que pagar algo la aseguradora? Según la Ley de Contrato de Seguro, debe pagar o consignar el importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los 40 días siguientes a recibir la declaración del siniestro. Si se retrasa sin causa justificada, debe intereses de demora: el interés legal del dinero incrementado en un 50 %, y pasados dos años desde el siniestro, no menos del 20 % anual.

¿Qué pasa si seguimos sin acuerdo? Puedes pedir el procedimiento del artículo 38: cada parte con su perito y, si no se entienden, un perito tercero. Cada parte paga a su perito y los gastos del tercero se reparten a medias. Es igual en todos los seguros de daños; lo explicamos en Procedimiento del artículo 38: perito propio y perito tercero.

¿Hay un plazo para reclamar? En los seguros de daños, las acciones del contrato prescriben a los dos años. No lo apures.

¿Nos aseguráis que cobraremos más? No. El informe es la herramienta para reclamar, no la reclamación ganada. Lo que sí hace es poner por escrito, partida a partida, dónde se queda corta la valoración.

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