Contraperitaje del seguro de tu negocio
Si la valoración del seguro de tu negocio se queda corta, el contraperitaje es el informe de un perito que trabaja para ti. Revisa cada partida, desde la obra del local hasta la regla proporcional, y deja por escrito dónde está la diferencia.
Te ha llegado el informe del perito de la aseguradora. Son varias páginas con partidas que no terminas de entender: continente, contenido, mercancía, depreciaciones, una «aplicación de la regla proporcional» y, al final, una cifra que no llega ni para volver a abrir. Lo lees dos veces, llamas y te contestan que es lo que ha valorado el perito.
El perito de la aseguradora trabaja para la aseguradora. No hace falta pensar mal de nadie: su informe es el punto de vista de una de las partes. El contraperitaje es el otro punto de vista, el tuyo, firmado por un perito de la especialidad. Y en un negocio, donde la póliza tiene muchas piezas, suele haber más sitios donde mirar que en una casa o un coche.
Escríbenos por WhatsAppCuándo te conviene
- La valoración es mucho más baja que los presupuestos que tienes.
- Te aplican la regla proporcional y la cifra final se desploma.
- Te descuentan por antigüedad equipos que funcionaban perfectamente.
- Faltan partidas: limpieza, desescombro, cierre provisional, pérdida de beneficios.
- Te pagan la mercancía con un criterio distinto al de tu póliza.
- Quieres pedir el procedimiento del artículo 38 y necesitas un perito que te represente.
La regla proporcional, revisada de cerca
Es la partida que más cambia el resultado. Según el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro, si la suma asegurada es menor que el valor real de lo asegurado, la aseguradora paga en esa misma proporción, salvo que tu póliza diga otra cosa, por ejemplo si es a primer riesgo.
Para aplicarla, el perito del seguro tiene que calcular cuánto valía todo lo asegurado el día del siniestro. Ese número es el que revisamos: qué ha contado, con qué criterio y si encaja con tu inventario, tus facturas y tu póliza. Un error ahí se arrastra a todas las partidas.
Qué revisamos
- La obra del local. Mediciones, calidades y precios de reparación.
- El contenido. Mobiliario, equipos e instalaciones, y la depreciación aplicada a cada cosa.
- La mercancía. Cantidades, criterio de valor y qué se puede recuperar.
- El infraseguro. El cálculo del valor total y la proporción aplicada.
- Los gastos. Limpieza, desescombro, cierre provisional, localización de averías.
- La pérdida de beneficios, si la tienes contratada.
- Franquicias y límites, partida por partida.
Pasos
- Nos mandas la póliza y el informe o la carta de la aseguradora.
- Ordenamos tu expediente con las fotos, las facturas y los presupuestos.
- El perito revisa la valoración partida a partida y redacta su informe. Si con fotos no basta, va al local un colaborador de tu zona.
- Recibes el informe firmado y te explicamos cómo usarlo: ante la aseguradora, en una queja o en el artículo 38.
Lista de fotos
- El local entero en vídeo, sin cortes.
- Cada partida que se discute, de lejos y de cerca.
- Los equipos que te deprecian, con su placa o etiqueta.
- El almacén y el género que queda.
- Lo que ya se ha reparado o limpiado, si lo tienes de antes.
Ten a mano
- El informe o la valoración del perito de la aseguradora.
- La póliza completa, con sumas aseguradas y límites.
- Facturas y presupuestos de obra, equipos y mercancía.
- El inventario de antes del siniestro.
- Los correos y cartas con la aseguradora.
Lo que no hacemos
No somos abogados ni llevamos tu reclamación ante un juez. Te damos el informe y te ayudamos a presentarlo ante la aseguradora, en la queja a su servicio de atención al cliente o en la reclamación ante la Dirección General de Seguros. Si hace falta juicio, lo pasamos a un abogado colaborador y el perito va a ratificar su informe.
Quién firma el informe
Perito independienteUn perito colaborador de la especialidad que toca, con su titulación y su seguro de responsabilidad civil. No trabajamos para aseguradoras y no peritamos siniestros de pólizas que hayamos vendido nosotros. Si tu caso no tiene recorrido, te lo decimos.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo el contraperitaje que el artículo 38? No. El contraperitaje es el informe de tu perito. El artículo 38 es el procedimiento en el que tu perito y el de la aseguradora intentan ponerse de acuerdo y, si no lo logran, se nombra un perito tercero. Funciona igual en todos los seguros de daños; lo explicamos en Contraperitaje: tu propio perito frente a la aseguradora.
¿Quién paga el contraperitaje? Lo contratas tú. Si se llega al artículo 38, cada parte paga a su perito y los gastos del tercero se reparten a medias.
La aseguradora tarda en pagar. ¿Puedo hacer algo? Según la ley, debe pagar o consignar el importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los 40 días siguientes a recibir la declaración. Si se retrasa sin causa justificada, debe intereses de demora.
¿Me aseguráis que cobraré más? No. El informe es la herramienta para reclamar, no la reclamación ganada. Lo que hace es poner por escrito, partida a partida, por qué la valoración se queda corta.
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