Perito para un siniestro de tu barco

Si tu barco ha sufrido un temporal, una varada, un choque o una vía de agua y la valoración del seguro no cubre lo que cuesta repararlo, un perito naval independiente revisa los daños, también los que no se ven desde el pantalán, y firma un informe para reclamar.

La llamada llega de madrugada: el temporal ha soltado una amarra y tu barco ha pasado la noche golpeando contra el de al lado. O tocaste una roca al fondear y, desde entonces, hay agua en la sentina que antes no había. El perito de la aseguradora pasa, mira por encima y valora el golpe del costado. Pero tú sabes que un barco que ha sufrido así puede tener daños en la estructura, en los ejes o en el motor que nadie ha comprobado.

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Expediente · ejemploFoto de detalle
Costado de baborfibra agrietada por los golpes contra el pantalánQuillaunión con el casco abierta tras la varadaArbotantedesalineado, la hélice vibra al acelerar

Cuándo te conviene

  • La valoración solo recoge el daño visible y no el de la obra viva, la estructura interior o la propulsión.
  • Te dicen que un daño es por desgaste o por falta de mantenimiento y tú no lo ves así.
  • El barco se hundió o se inundó y te ofrecen una cantidad que no da para recuperarlo.
  • Otro barco te golpeó y quieres reclamar a su seguro.
  • Te han robado el motor fueraborda o la electrónica y discuten lo que valía.

Qué revisamos

Los daños del casco, por fuera y por dentro: grietas, deslaminaciones, refuerzos interiores, mamparos y la unión de la quilla. Una varada puede abrir uniones que no se ven sin sacar el barco del agua.

La propulsión. Ejes, hélices, arbotantes, colas y motor. Un golpe en la hélice puede desalinear un eje y acabar dañando la transmisión. Si el motor estuvo bajo el agua, necesita una revisión a fondo.

La electricidad y la electrónica. El agua salada no perdona: cuadros, cableado, instrumentos y baterías se revisan uno a uno.

El interior y el equipo, cuando ha entrado agua o ha habido fuego: tapicerías, maderas, instalaciones y todo lo que se pueda haber perdido.

El origen del daño. Si fue el temporal, una maniobra, otro barco o un fallo de una pieza. Es lo que más se discute cuando el seguro alega falta de mantenimiento.

La suma asegurada. Si el barco estaba asegurado por menos de lo que valía, la Ley de Contrato de Seguro (art. 30) permite a la aseguradora pagar en proporción, salvo que la póliza diga otra cosa. Lo revisamos con tu póliza.

¿Y si fue un temporal extraordinario?

El Consorcio de Compensación de Seguros se encarga de riesgos extraordinarios, como una tempestad ciclónica atípica, en bienes que tengan seguro de daños. No todos los temporales lo son. Revisa tu póliza y el aviso del Consorcio; el informe pericial sirve igual para un caso que para otro.

Así lo hacemos

Pasos

  1. Nos mandas la póliza, la valoración y las fotos o vídeos del siniestro.
  2. Ordenamos tu expediente y te decimos si hace falta sacar el barco del agua para verlo.
  3. Un perito naval colaborador revisa el barco en tu zona, valora los daños y su origen, y firma el informe.
  4. Con el informe te ayudamos a reclamar a la aseguradora; si no hay acuerdo sobre el importe, a seguir el procedimiento del artículo 38.

Lista de fotos

  1. El barco entero tal como ha quedado, de los dos costados.
  2. Cada daño de cerca, con algo al lado que dé la escala.
  3. La sentina, si hay agua.
  4. La obra viva, la hélice y el eje, si está en seco.
  5. El motor y el contador de horas.
  6. El amarre, la amarra rota o el lugar de la varada, si se puede.

Ten a mano

  • La póliza completa.
  • La declaración del siniestro y la valoración de la aseguradora.
  • Facturas de mantenimiento y de la última varada.
  • Facturas del equipo y de la electrónica.
  • Si te golpeó otro barco, sus datos y los de su seguro.

Quién firma el informe

Un perito naval colaborador, el perito de la especialidad, con su titulación y su seguro de responsabilidad civil. No trabajamos para aseguradoras. Si el daño no se puede atribuir al siniestro, te lo decimos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar a reparar ya? Haz lo urgente para que el barco no siga dañándose, como achicar agua o asegurarlo, y guarda fotos y facturas. Lo demás, mejor después de documentarlo.

El seguro dice que el daño es por falta de mantenimiento. Es una discusión técnica: el informe estudia si el daño encaja con el siniestro o con el desgaste, con tus facturas de mantenimiento como apoyo.

¿Cuándo tiene que pagar la aseguradora? La Ley de Contrato de Seguro (art. 18) le obliga a pagar o consignar el importe mínimo de lo que pueda deber en los 40 días siguientes a recibir la declaración del siniestro.

¿Hay plazo para reclamar? En los seguros de daños, las acciones del contrato prescriben a los dos años (art. 23 de la Ley de Contrato de Seguro). No lo dejes correr.

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