Perito judicial independiente

Si tu caso va a acabar en un juicio, necesitas un informe pericial que aguante las preguntas de la otra parte y del juez. Lo redacta y lo firma un perito independiente de la especialidad, y ese mismo perito va después al juicio a ratificarlo.

Has intentado arreglarlo por las buenas. Has reclamado, has esperado, puede que hasta tengas ya un informe. Y no ha servido. La aseguradora no paga el incendio de tu local. El vecino de arriba dice que la humedad de tu techo no es cosa suya. El vendedor del coche no contesta. La empresa que te vendió una máquina dice que la avería es por mal uso. Tu abogado te dice que sin un informe pericial bien hecho no merece la pena demandar. O eres tú quien ha recibido la demanda.

Un juicio impone, y es normal no saber por dónde empezar. En muchos pleitos sobre daños, valores o defectos, el informe pericial es la prueba que más pesa. No basta con tener razón: el informe tiene que estar ordenado, explicar cómo se llegó a cada conclusión y estar firmado por alguien que pueda defenderlo en la sala.

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Cuándo te conviene

  • Vas a reclamar en juicio a tu aseguradora porque no paga o paga poco, después de reclamar por otras vías.
  • Discutes con un vecino, con la comunidad o con su seguro de dónde viene un daño y quién lo paga.
  • Compraste un coche o una máquina con un defecto oculto y el vendedor no responde.
  • Una obra, una reparación o una instalación se hizo mal y hay que demostrar qué falló.
  • Hay que fijar un valor en un juicio: una herencia, un divorcio, un negocio que se reparte.
  • Te han demandado y necesitas un perito que explique tu parte con datos.

En qué ramos trabajamos

Somos peritos independientes y cada informe lo firma el perito de la especialidad que toca:

Qué hacemos

  • El informe pericial. Escrito para un juicio: hechos, método, pruebas y conclusiones bien separados, sin opiniones que no se puedan sostener.
  • La revisión en persona. Para un juicio, lo normal es que el perito vea el bien si todavía existe: el coche, la vivienda, el local o la máquina.
  • La coordinación con tu abogado. Le explicamos lo que dice el informe y qué puede preguntar la otra parte.
  • La ratificación. El perito va al juicio, confirma su informe y responde a las preguntas.

Si todavía no tienes abogado, lo pasamos a un abogado colaborador. Nosotros no somos abogados y no te representamos: hacemos la parte técnica.

Pasos

  1. Nos cuentas el caso y nos mandas lo que tengas: documentos, fotos, informes anteriores y lo que te haya dicho tu abogado.
  2. Ordenamos el expediente y te decimos si hay base técnica para el juicio, antes de que gastes más.
  3. Un perito colaborador de la especialidad, de tu zona, ve el bien, redacta el informe y lo firma.
  4. Ese mismo perito va al juicio a ratificar su informe y a responder a las preguntas.

Lista de fotos

  1. El bien entero como esté hoy: el vehículo, la habitación, la fachada, el local o la máquina.
  2. Los daños o el defecto, de lejos y de cerca.
  3. El origen, si se ve: la tubería, la grieta, la pieza rota.
  4. Las piezas o materiales retirados, si se conservan.
  5. Fotos antiguas que ayuden a ver cómo estaba antes.

Ten a mano

  • La demanda o el borrador, si tu abogado ya lo tiene.
  • Los informes y valoraciones que se hayan hecho hasta ahora.
  • Pólizas, contratos, facturas y presupuestos relacionados.
  • Las cartas y correos cruzados con la otra parte.
  • Los datos de contacto de tu abogado, si tienes.

Cuándo hace falta verlo en persona

En un juicio, casi siempre. Un informe hecho solo con fotos puede servir para negociar, pero en la sala la otra parte preguntará si el perito vio el daño. Si el bien ya no existe o está reparado, trabajamos con lo que haya, y el informe lo dice con claridad.

Quién firma el informe

Firmado y ratificado

Quien firma es quien ratifica. El informe lo firma un perito colaborador de la especialidad, con su titulación y seguro de responsabilidad civil, que ve el bien y es quien va después al juicio a defenderlo. No mandamos a otra persona a explicar un informe ajeno. No trabajamos para aseguradoras. Y si al estudiar tu caso vemos que técnicamente no se sostiene, te lo decimos antes de que llegues al juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la ratificación del informe? Es el momento del juicio en el que el perito confirma que el informe es suyo, lo explica y responde a las preguntas de las partes y del juez. Lo tienes en Ratificación del informe pericial.

¿Tengo tiempo para reclamar? Depende del caso. Como regla general, las acciones del contrato de seguro prescriben a los dos años en los seguros de daños, y reclamar daños al responsable fuera de contrato tiene un año. En Cataluña los plazos civiles son distintos; consúltalo. Revisa tu caso con tu abogado cuanto antes.

¿El perito puede ir a un juicio en otra provincia? Sí. Trabajamos en toda España con peritos colaboradores, y procuramos que el perito sea de la zona del juzgado o del bien.

¿Quién paga el perito? Lo contratas tú. Si luego se puede recuperar ese gasto depende de cómo acabe el juicio: te lo explicará tu abogado. Antes de empezar sabes qué haremos y cuánto cuesta.

¿Me aseguráis que voy a ganar? No. El informe es la herramienta, no la sentencia. Lo que sí hacemos es decirte con franqueza si tu caso tiene base técnica antes de que sigas adelante.

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