Contraperitaje en Cartagena

Si tu aseguradora ha valorado los daños de tu moto o de tu coche por debajo de lo que cuesta repararlos, puedes encargar tu propio informe. En Cartagena hacemos el contraperitaje a distancia: un perito que trabaja para ti revisa su valoración y firma la tuya.

Una mañana de lluvia, en una rotonda, la rueda de atrás de tu moto se va en una mancha de gasoil. Caída lateral a poca velocidad, nada grave para ti. La moto, en cambio, se ha arrastrado: carenado roto, maneta y estribera partidas, escape rayado y el manillar torcido. Tienes la moto asegurada con daños propios. El perito de la compañía valora el carenado y las manetas, y pone el manillar como «reparar». El taller dice que un manillar doblado no se endereza, se cambia, y que la tija también está tocada.

En las motos, las piezas que absorben la caída son caras y muchas no admiten reparación segura. Por eso las diferencias entre valoraciones suelen ser grandes.

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Qué revisa nuestro perito

  • Reparar o cambiar: en piezas de dirección y sujeción, la seguridad manda.
  • Las piezas ocultas: tijas, soportes, anclajes del escape y del carenado.
  • El equipamiento del motorista: casco, chaqueta, guantes. Si tu póliza lo cubre, también se valora.
  • Las horas de taller y el precio de las piezas.

Cada diferencia queda explicada en el informe. Así tu aseguradora tiene que contestar a cosas concretas.

Lo que hacemos

Pasos

  1. Nos mandas la valoración de la aseguradora y el presupuesto del taller.
  2. Te guiamos para las fotos que faltan, también con piezas desmontadas.
  3. El perito revisa partida a partida y redacta el contraperitaje.
  4. Lo recibes firmado y te ayudamos a presentarlo.

Lista de fotos

  1. La moto entera, de los dos lados.
  2. Cada pieza dañada, de cerca.
  3. El manillar y las tijas, desde arriba, para ver si están alineados.
  4. El casco y la ropa, si sufrieron daños.
  5. El cuentakilómetros y la matrícula.

Si no os entendéis

Puedes reclamar al servicio de atención al cliente o al defensor del asegurado de tu compañía y, después, acudir a la DGSFP, que es gratuita y que puedes presentar tú; su opinión no obliga a la aseguradora. Si solo discutís el importe, existe el procedimiento del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro: un perito por cada parte y, si no se ponen de acuerdo, un tercero. Lo explicamos en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que llevar la moto a algún sitio de Cartagena? No, normalmente. Si hay que medir algo, va un colaborador.

¿Y si la caída fue por culpa de otro vehículo? Entonces se reclama al seguro del responsable, y el informe te sirve igual.

¿Sirve el contraperitaje para un coche? Sí. Usamos la moto como ejemplo, pero vale para cualquier vehículo.

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