Tasación pericial contradictoria frente a Hacienda

Si Hacienda dice que lo que heredaste, compraste o te donaron vale más de lo que declaraste, puedes contestar con tu propio perito. Eso es la tasación pericial contradictoria: un valor firmado frente al de la Administración.

Te llega una carta. Hacienda ha comprobado el valor del piso de tu madre, del coche que compraste o del negocio familiar, y dice que vale más. Con esa cifra te pide más impuesto de sucesiones, de donaciones o de transmisiones patrimoniales.

Esa cifra suele salir de datos generales, sin que nadie haya visto el bien. Un perito hace lo contrario: comprueba cómo estaba en la fecha que cuenta y lo compara con ventas reales.

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Expediente · ejemploFoto de detalle
Valoración de Haciendamétodo por precios medios, nadie ha visitado el bienEscriturasuperficie y fecha que cuentaFotos de entoncesestado real que la valoración no recoge

Cómo funciona, sin tecnicismos

La Ley General Tributaria (LGT) permite a Hacienda comprobar el valor declarado por varios medios: precios medios de mercado, el dictamen de sus peritos o valores de registros fiscales con coeficientes, entre otros. Y prevé la tasación pericial contradictoria para confirmar o corregir esa valoración.

Lo esencial, como regla general:

  • Contra la valoración sola no hay recurso. Puedes pedir la tasación pericial contradictoria o discutir el valor en el recurso contra la liquidación.
  • Se pide dentro del plazo del primer recurso o reclamación contra la liquidación. Tu asesoría o gestoría te dirá el plazo de tu caso.
  • Mientras tanto, la liquidación se para. Pedirla suspende su ejecución y el plazo para recurrir.
  • Tú nombras a tu perito y lo pagas tú.
  • Si la diferencia entre los dos es pequeña, vale el de tu perito. Si es grande, se nombra un perito tercero. Quién paga al tercero depende de cuánto se separe su valor del que declaraste.

ITP y Sucesiones los gestionan las comunidades autónomas, y los detalles pueden variar: no lleva igual el procedimiento la Junta de Andalucía que la Generalitat Valenciana, y en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra la Hacienda es foral. Revisa tu caso.

Si te aplican el valor de referencia del Catastro, el camino es otro

Aquí se confunde mucha gente. Desde la Ley 11/2021, en el impuesto de transmisiones patrimoniales de un inmueble la base es el valor de referencia del Catastro cuando es mayor que lo declarado. Tu asesoría te dirá si se aplica en tu impuesto.

Ese valor no se discute con una tasación pericial contradictoria. Solo se puede impugnar pidiendo la rectificación de tu autoliquidación o recurriendo la liquidación. Hacienda resuelve con un informe vinculante de la Dirección General del Catastro, a la vista de las pruebas que aportes.

Ahí, la prueba que aportas es una tasación de un perito que explique por qué tu vivienda vale menos: su estado, sus defectos, sus cargas. Nosotros hacemos esa tasación; tu asesoría presenta el escrito.

Cuándo te conviene

  • Hacienda sube el valor de una vivienda, una finca, un coche o un negocio y la cifra no se parece a la realidad.
  • El bien estaba en mal estado en la fecha que cuenta y nadie lo tuvo en cuenta.
  • Tiene algo que baja su valor: inquilinos, un usufructo, un defecto de estructura, muchos kilómetros, un negocio en pérdidas.
  • Tu asesoría te recomienda pedir la tasación pericial contradictoria o aportar un informe en la rectificación.

Qué revisamos

  • La valoración de Hacienda. Qué método ha usado y qué datos ha dejado fuera.
  • La fecha que cuenta. Se valora a la fecha del fallecimiento, la compra o la donación, no a la de hoy.
  • El estado real entonces. Fotos antiguas, facturas o lo que se pueda demostrar.
  • El mercado comparable. Ventas de bienes parecidos, en la misma zona y en la misma época.

Pasos

  1. Nos mandas la carta de Hacienda por WhatsApp y nos cuentas qué bien es.
  2. Te pedimos fotos y documentos, también los antiguos, y ordenamos tu expediente.
  3. El perito estudia el bien y, si hace falta, lo visita un colaborador de tu zona.
  4. Recibes el informe firmado, listo para que tu asesoría lo presente, y te lo explicamos.

Ten a mano

  • La carta, la propuesta o la liquidación de Hacienda.
  • La declaración o autoliquidación que presentaste.
  • La escritura, la ficha técnica o los papeles del negocio, según el bien.
  • Fotos y facturas de la fecha que cuenta.
  • Contratos de alquiler o cargas, si los hay.

Lo que no hacemos

No somos asesoría, gestoría ni abogados. No calculamos impuestos ni presentamos escritos ante Hacienda: el escrito y los plazos los lleva tu asesoría, tu gestoría o tu abogado. Si acaba en los tribunales, lo pasamos a un abogado colaborador y el perito va a ratificar su informe (Perito judicial independiente).

Quién firma el informe

Valor con firma

El perito de la especialidad, con su titulación y seguro de responsabilidad civil. En viviendas, locales y naves suele ser un arquitecto o un arquitecto técnico; en coches, un perito de vehículos; en negocios, un economista o un perito mercantil. Si el bien no vale menos de lo que dice Hacienda, te lo decimos antes de firmar nada.

Preguntas frecuentes

¿Me aseguráis que Hacienda aceptará vuestro valor? No. El informe es la herramienta para discutir el valor, no el resultado.

¿Tenéis un ejemplo de cómo es el informe? Te contamos cómo se presenta: el bien, la fecha, el método, los comparables y el valor razonado. Los datos de otros clientes no se enseñan.

¿Sirve para un coche o un negocio, no solo para una casa? Sí. Para coches lo tienes en Tasación pericial contra la comprobación de valores de Hacienda.

¿Llegáis a mi provincia? Sí. Trabajamos a distancia en toda España, también en Alicante, y si hay que ver el bien va un colaborador de la zona.

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